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¡Convocatoria abierta! Premio “In Memoriam Juan Carlos Elías 2024"

Premio In Memoriam Juan Carlos Elías que da la posibilidad a todas las personas colegiadas de participar en la propuesta motivada, en forma de artículo o no, de mejora en los pactos de las hojas de encargo profesional, la facturación o minutación, las tasaciones de costas y juras de cuentas y, en general, los honorarios profesionales de la abogacía. Fecha límite de presentación de candidaturas: 2 de diciembre de 2024. Dotación: 1.000 euros.

30/09/2024

1.- Finalidad

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona tiene entre sus fines especiales, la de organizar y promover actividades y servicios de interés para las personas colegiadas, de carácter profesional".

Esta finalidad genérica se concreta en varios aspectos, haciendo mención a informar en los procesos judiciales y administrativos en los que se discutan cuestiones relativas a honorarios (art. 8 de los Estatutos colegiales) y resolver las discrepancias en materia de honorarios relativos cualquier actuación profesional, siempre que haya una aceptación y sumisión previas de las partes interesadas en la resolución que se dicte (artículo 9 de los Estatutos colegiales).

En este sentido, se considera oportuno dar la posibilidad a todas las personas colegiadas de participar en la propuesta motivada, en forma de artículo o no, de mejora en los pactos de las hojas de encargo profesional, la facturación o minutación, las tasaciones de costas y juras de cuentas y, en general, los honorarios profesionales de la abogacía, a los efectos de que las personas colegiadas que quieran participar aporten una idea innovadora o una mejora, debidamente motivada y argumentada, en dicha materia.

2.- Requisitos de las personas participantes

Pueden presentarse al Premio todos los colegiados/as del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona salvo:

  1. los que hayan participado en otro permio jurídico convocado por esta Corporación durante el 2024, 
  2. miembros de la Junta de Gobierno, personas trabajadoras y personas colaboradoras no docentes del ICAB. 

3.- Plazo y lugar de presentación de las candidaturas

Los proyectos se presentarán en el Registro del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona presencialmente o por correo certificado administrativo (calle Mallorca, 283, 08037 de Barcelona, de lunes a viernes de 9 a 20 h) o por correo electrónico a la dirección de correo electrónico secretariadejunta@icab.cat .

La fecha límite de presentación de los trabajos es el 2 de diciembre de 2024 hasta las 20:00 h.

Para aquellos trabajos presentados por correo certificado, se considerará la fecha del matasellos.

4.- Jurado

El jurado del Premio estará compuesto por la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona o las personas en quien delegue entre las que en todo caso deberá estar el/la Presidente/a de la Comisión de Honorarios del Colegio.

5.- Criterios de valoración

De manera prioritaria se valorará:

  1. La adecuación a la legalidad de la propuesta.
  2. El máximo respeto a los derechos de las personas consumidoras y usuarias.
  3. El carácter innovador de la propuesta.
  4. La viabilidad de la propuesta con pleno respeto a la deontología profesional.
  5. El grado de definición y motivación de la propuesta.
  6. La coherencia y claridad de su presentación.
  7. El beneficio al máximo número de colegiados/as.

El Jurado podrá declarar desierta la convocatoria del premio si considera que los diferentes trabajos presentados no reúnen la calidad exigida.

El Jurado tiene la facultad de otorgar el premio ex aequo. En este caso la dotación económica será compartida por los dos trabajos premiados. Si no se presentara ninguna persona al concurso o el Jurado decide que el Premio queda desierto, el importe del premio se podrá añadir al del año siguiente.

6.- Dotación del Premio

El premio está dotado con 1.000 €. El importe del premio otorgado estará sujeto a las retenciones establecidas por la legislación vigente.

También se entregará un diploma institucional distintivo del Premio otorgado.

7.- Documentación

Todos los proyectos que participen en el Premio deben presentarse con la siguiente documentación:

a) Identificación, mediante la correspondiente solicitud normalizada, de la persona colegiada participante con nombre y apellidos, número de colegiación y dirección de notificaciones y comunicaciones que deberá contener necesariamente una dirección de correo electrónico.

b) Abstract o resumen del proyecto con una extensión máxima de entre 300 y 500 caracteres con espacios incluidos.

c) Exposición y desarrollo de la propuesta con una extensión máxima de entre 3.000 y 6.000 caracteres con espacios incluidos.

El Colegio comunicará a las personas premiadas la decisión del Jurado mediante correo electrónico.

La entrega del Premio se efectuará en un acto que se celebrará en la sede del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.

8.- Obligaciones de las personas candidatas

Los derechos de explotación en su totalidad de los autores/as premiados/as quedan cedidos en exclusiva en el ICAB, en cualquier forma, para todos los países y lenguas del mundo y para los plazos máximos de duración que la legislación establece. La dotación económica del Premio incluye la retribución de esta cesión.

Estos derechos de explotación objeto de cesión, comprenderán entre otros, los derechos de publicación, reproducción, distribución y comunicación pública en el ICAB para que los trabajos puedan ser mostrados públicamente o formar parte de un catálogo o publicación.

Las personas concursantes autorizan al ICAB a publicar en su página web o publicación la información de las personas participantes, así como la información de los trabajos participantes.

En caso de que la propuesta consista en un servicio colegial o no, tanto las personas participantes como las personas ganadoras renuncian a cualquier derecho o beneficio económico que la ejecución de la propuesta pudiera conllevar. El ICAB se reserva el derecho de poner en marcha el servicio total o parcialmente, pudiendo incluso modificarlo o adaptarlo de acuerdo con su criterio.

9.- Aceptación de las Bases

La participación en el concurso supone la aceptación de estas bases.

Cualquier aspecto no previsto será resuelto por la Junta de Gobierno del ICAB. El incumplimiento, a criterio del jurado, de las condiciones establecidas en estas bases supondrá la cancelación del Premio.

Barcelona, septiembre de 2024

 

INFORMACIÓN EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS y POLÍTICA DE PRIVACIDAD
 
Información básica sobre Protección de Datos
Responsable
Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona
CIF: Q-0863003-J
Contacte dpd@icab.cat
Finalidad
Gestión de las actividades, servicios o premios organizados por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, así como la comunicación de información sobre éstos
Legitimación
Las bases de convocatoria del premio; la Ley 2/1974 de 13 de febrero, sobre colegios profesionales; la Ley 7/2016, de 31 de mayo, de ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales; los Estatutos del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona. 
Destinatarios
Únicamente las necesarias para la ejecución de la convocatoria del premio y en cumplimiento de obligaciones legales. 
Derechos
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