DECRETO LEY 25/2021, de 2 de noviembre, por el que se establecen medidas organizativas en el ámbito de la atención sociosanitaria
Publicado en el DOGC del 4/11/2021
Entrada en vigor: 01/11/2021.
Se determina que la totalidad de la atención sociosanitaria sea gestionada por el Departamento competente en materia de salud mediante el Servicio Catalán de la Salud y se utiliza como instrumento un Decreto ley para intervenir en la normativa de forma inmediata, dado que el objetivo de satisfacer una necesidad social de primer orden.
La atención sociosanitaria pasa a ser gestionada en su totalidad por el Departamento competente en materia de salud mediante el Servicio Catalán de la Salud.
Se modifican los artículos 52, 55 y 59 del Decreto 118/2014, de 5 de agosto, sobre la contratación y prestación de los servicios sanitarios con cargo al Servicio Catalán de la Salud.
Se modifica la disposición adicional sexta del Decreto 142/2010, de 11 de octubre, por el que se aprueba la Cartera de servicios sociales 2010-2011.
Se deroga el Decreto 215/1990, de 30 de julio, de promoción y financiación de la atención sociosanitaria.
Se deroga el apartado 1.2.4 del anexo del Decreto 142/2010, de 11 de octubre, por el que se aprueba la Cartera de servicios sociales 2010-2011, junto a los cuadros descriptivos correspondientes.
Se deroga el artículo 51 del Decreto 118/2014, de 5 de agosto, sobre la contratación y prestación de los servicios sanitarios con cargo al Servicio Catalán de la Salud.
Se deroga la Orden de 20 de marzo de 1992, por la que se determinan los colectivos ingresados en centros, servicios y establecimientos sociosanitarios, en el marco del programa Vida a los años, que quedan excluidos de efectuar la aportación económica que prevé el artículo 8.1 del Decreto 215/1990, de 30 de julio.
[LEYES APROBADAS. PARLAMENTO DE CATALUÑA]
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