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El Colegio de la Abogacía de Barcelona, el Consell de l'Advocacia Catalana y el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya presentan una Guía de Buenas Prácticas sobre escritos, informes orales y actuaciones judiciales

  • Con la Guía se establecen unos principios orientadores de buenas prácticas que pretenden mejorar un servicio público, como es la Administración de Justicia en Catalunya.
Wed Jan 13 13:31:55 CET 2021
  •  Se considera que cuanto más claro y conciso sea, tanto un escrito procesal como una resolución judicial, permite un enjuiciamiento y resolución más ágiles.

La presidenta del Consell de l'Advocacia de Barcelona y decana del Colegio de la Abogacía de Barcelona, Mª Eugènia Gay, y el presidente del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, Jesús Maria Barrientos, han firmado una Guía de Buenas Prácticas sobre escritos, informes orales y actuaciones judiciales (OS LA PODÉIS DESCARGAR AQUÍ).

La Guía establece un conjunto de buenas prácticas para la presentación de escritos por parte de los que ejercen la abogacía, para los informes orales que estos realizan ante los tribunales y para las resoluciones judiciales que dictan los jueces y las juezas, de forma que la actividad judicial resulte más ágil y eficiente en beneficio de todo el mundo.

Según Mª Eugènia Gay, decana del Colegio de la Abogacía de Barcelona y presidenta del Consell de l'Advocacia Catalana, “la guía de buenas prácticas que hoy hemos presentado es un paso más para avanzar en la descongestión de la justicia, acercarla a la ciudadanía a través de un lenguaje más claro y mejorar un servicio público como es la administración de justicia, que tiene que garantizar el derecho de defensa con todas las garantías, pilar fundamental de nuestro ordenamiento jurídico”.

Se considera que, cuanto más claro y conciso sea un escrito procesal, más ventajas conlleva para todas las partes implicadas: para los que ejercen la abogacía - dado que les permite delimitar la controversia con un nivel de concreción más elevado y eludir todo aquello que, por redundante o superfluo, resulte innecesario-,  para la ciudadanía, que ve reflejado su problema con más facilidad; y, obviamente, para el juez o jueza, que pueden dedicar todos los esfuerzos a estudiar el núcleo del asunto, lo cual permite un enjuiciamiento y resolución más ágiles. Y lo mismo sucede con las resoluciones judiciales, en las cuales hay que abandonar la práctica de copiar párrafos largos de jurisprudencia para profundizar en la motivación del caso concreto.

La idea no es nueva, así se ha establecido ya en el Reglamento de procedimiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, donde se establecen previsiones sobre la estructura y límites, tanto para los escritos como para los informes orales. Y en concreto en el Estado, donde el Tribunal Supremo, en la Sala 3ª (del contencioso-administrativo), limita la extensión de los escritos de interposición y contestación en los recursos de casación, y en la Sala 1ª (Civil), establece que una extensión excesiva del recurso de casación se considera innecesaria y podría dar lugar a su inadmisión.

Con la presentación de la Guía de Buenas prácticas se pretende que la justicia sea más ágil, especialmente en los casos en que se han masificado los litigios, cuando afectan a los consumidores, sobre todo en temas bancarios, y más teniendo en cuenta el previsible incremento general de asuntos a consecuencia de la pandemia generada por la COVID-19.

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