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NOTA DE PRENSA: La abogacía de Barcelona alerta del retroceso de la Segunda Oportunidad en el Anteproyecto de Ley de transposición de la Directiva europea de insolvencias

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NOTA DE PRENSA: La abogacía de Barcelona alerta del retroceso de la Segunda Oportunidad en el Anteproyecto de Ley de transposición de la Directiva europea de insolvencias

La Comisión de Normativa del ICAB formula 40 aportaciones al texto del Anteproyecto en el proceso de audiencia e información pública abierto este mes de agosto

Thu Aug 26 13:38:00 CEST 2021

Barcelona, 26 de agosto de 2021. El Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) ha formulado aportaciones en el proceso de audiencia e información pública que el Ministerio de Justicia ha abierto este mes de agosto en relación al Anteproyecto de Ley de transposición de la Directiva europea 2019/1023 de reestructuraciones e insolvencia. En las aportaciones se alerta de que el nuevo texto prevé cambios que suponen un “grave retroceso” para la Segunda Oportunidad respecto del modelo vigente.

La Comisión de Normativa del ICAB ha formulado en total 40 aportaciones al texto del Anteproyecto en el proceso de audiencia e información pública. Dichas aportaciones se presentan con voluntad propositiva y con el fin de poder ayudar a una mejora real de nuestra legislación concursal.

El Colegio centra su atención en tres novedades cuya aplicación puede suponer la restricción del derecho a la Segunda Oportunidad de los ciudadanos tal y como está configurado hoy:

  1. a) Se incorporan nuevas restricciones a la exoneración que comportan una pérdida de derechos respecto al régimen actual, y añaden obstáculos a la Segunda Oportunidad. En este sentido se alerta de que las resoluciones administrativas no deberían ser un obstáculo para acceder a la Segunda Oportunidad
  2. b) Se pretende excluir de la exoneración al crédito público, alejándose del modelo vigente regulado en el año 2015, y contrario a la doctrina fijada por la sentencia del Tribunal Supremo de 2 de julio de 2019, analizando e interpretando la propia Directiva 2019/1023, que se pretende transponer. El cambio propuesto, además de impedir el acceso a una real Segunda Oportunidad, choca con el propio texto de la Directiva y por tanto puede provocar un conflicto entre la norma estatal y la comunitaria abocando a una extendida conflictividad en los tribunales e incrementando la inseguridad jurídica y probablemente el planteamiento innecesario de nuevas cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, máxime cuando el propio Tribunal Supremo interpretando la legislación y doctrina comunitaria ha armonizado en el derecho interno la interpretación de la exoneración del crédito público, conforme a la Directiva 2019/1023, siguiendo las reglas fijadas por el propio TJUE.
  3. c) La propuesta de excluir la intervención necesaria del abogado en el procedimiento para microempresas, que incluye los autónomos, generaría de facto claras situaciones de indefensión, entre otros aspectos porque la comisión de errores en la solicitud o en la documentación podría suponer que se considere culpable al deudor, con la consecuencia de que se impida la cancelación de las deudas. Además, comportaría un perjuicio especialmente grave a las personas que menos tienen porque veta el acceso de los deudores más vulnerables al derecho a la justicia gratuita.

Se advierte que con el texto presentado en la práctica muchos ciudadanos, empresarios y no empresarios, quedarían excluidos de la Segunda Oportunidad y no les quedaría más remedio que continuar en la economía sumergida o en una situación de marginalidad, que es lo que se pretende evitar con el modelo actual de exoneración de deudas.

Por este motivo el Colegio expresa su preocupación con los cambios por la afectación al derecho a la Segunda Oportunidad y por la inseguridad jurídica que podrían comportar, y confían que el Ministerio acoja las aportaciones realizadas a fin de proteger el modelo actual y generar confianza de la ciudadanía en el mecanismo de la Segunda Oportunidad, que se ha incorporado con normalidad en nuestra la cultura jurídica, económica y social y que durante el ejercicio 2020 ya ha sido utilizado por más de 8.500 personas en los nuestros tribunales.

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