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Convocado el Premio Jurídico Ferrer Eguizábal 2020 sobre Derecho Financiero y Tributario

Secretaría de Junta de Gobierno | Premios, Becas y Subvenciones

Convocado el Premio Jurídico Ferrer Eguizábal 2020 sobre Derecho Financiero y Tributario

El premio está destinado a galardonar la mejor monografía publicada o inédita y el mejor proyecto de investigación sobre Derecho Financiero y Tributario. La fecha límite de presentación es el 1 de diciembre de 2020.
Fri Nov 13 00:00:00 CET 2020

El letrado Lluís Ferrer Eguizábal, miembro del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona y periodista, constituyó una Fundación que lleva su nombre y que por medio de un Premio quiere promover la investigación y el estudio jurídico.

De conformidad con las previsiones de los Estatutos de la Fundación, la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) convoca una nueva Edición del Premio Jurídico Ferrer Eguizábal sobre Derecho financiero y tributario, de acuerdo con las Bases siguientes:

1.- Podrán optar al Premio los abogados/as, licenciados/as y graduados/as en Derecho y estudiantes de una Facultad de Derecho. No podrá presentarse al Premio el/la concursante que participe en otro premio jurídico convocado por esta Corporación durante el 2020, ni tampoco los miembros de la Junta de Gobierno, las personas trabajadoras o colaboradoras no docentes del ICAB. Cada concursante sólo podrá presentarse a una de las modalidades del Premio con un único trabajo.

2.- Esta edición del Premio tiene dos modalidades:

Modalidad A: Premio a la mejor monografía publicada o inédita

Esta modalidad, que consta de un Premio de 5.000 euros, está destinada a galardonar la mejor monografía inédita o publicada entre el 1 de setiembre de 2019 y el 1 de diciembre de 2020 que se presente a concurso en materia de Derecho financiero o tributario, siempre complementada con un apéndice relativo a la financiación autonómica en Cataluña o en la ciudad de Barcelona.

Las personas interesadas deberán presentar en la Secretaría del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, dentro del plazo establecido, una solicitud dirigida a la Junta de Gobierno acompañada del trabajo presentado a concurso, por triplicado, en catalán o castellano, y con una extensión mínima equivalente a cincuenta hojas a doble espacio, junto con un resumen del trabajo de un máximo de doscientas palabras, y con los datos de identificación del autor/a o autores/as, complementadas con un currículum académico y/o profesional.

Igualmente, se acompañará un ejemplar en formato electrónico de toda la documentación antes mencionada.

Modalidad B: Premios al mejor proyecto de investigación

Esta modalidad, que consta de un Premio de 5.000 euros, está destinada a galardonar el mejor proyecto de investigación presentado a concurso en materia de Derecho financiero o tributario, que deberá prever la elaboración de un apéndice relativo a la financiación autonómica en Cataluña o en la ciudad de Barcelona.

Las personas interesadas deberán presentar en la Secretaría del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, dentro del plazo establecido, una solicitud dirigida a la Junta de Gobierno acompañada de la siguiente documentación:

a) El título del tema escogido por el/la concursante y un índice bien detallado del desarrollo del tema propuesto con indicación de la extensión prevista.

b) La propuesta de bibliografía que piensan utilizar para su realización.

c) El calendario de ejecución del trabajo y método que piensan utilizar para la realización del mismo.

d) El "curriculum vitae", en el que consten los estudios realizados, los diplomas obtenidos y los trabajos de la especialidad publicados o inéditos. La Junta de Gobierno podrá exigir certificados de los estudios y diplomas de los trabajos.

e) Un ejemplar en formato electrónico de toda la documentación antes mencionada.

Las personas ganadoras de esta modalidad del Premio deberán firmar con el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona un convenio que contendrá las siguientes cláusulas:

- La obligación de realizar el trabajo en los plazos establecidos.

- Sujeción al control de un asesor/a especializado/a en el tema del trabajo designado por la Junta de Gobierno para que controle la ejecución y oriente el/la concursante durante la realización del estudio y que informará periódicamente la Secretaría del Ilustre Col Colegio de la Abogacía de Barcelona sobre su desarrollo.

- Los plazos en que el Colegio entregará el importe del Premio, siempre que al vencimiento de estos la persona beneficiaria haya realizado la parte del trabajo a que se comprometió en el calendario presentado.

- La indicación de que la persona beneficiaria que se retrase en la realización del trabajo en los plazos fijados, sin una justificación adecuada, perderá su derecho al Premio y deberá devolver al Colegio su importe.

- Los retrasos justificados serán tenidos en cuenta para la prórroga del calendario, previa solicitud de la persona beneficiaria avalada por el asesor/a.

Una vez finalizado el proyecto de investigación, el/a concursante lo entregará al Colegio en duplicado ejemplar junto con el informe final de la persona asesora que juzgará la calidad del trabajo a los efectos de ser publicado y podrá recomendar su forma y el lugar.

También entregará un ejemplar en formato electrónico.

3.- Los trabajos deberán presentarse en el Registro General de la sede del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona. La fecha límite para la presentación de los trabajos es el 1 de diciembre de 2020, hasta las 15.00 horas. Para aquellos trabajos presentados por correo certificado, se considerará la fecha del matasellos.

4.- La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona nombrará el Jurado del Premio, que estará formado por dos de sus miembros y por dos o tres integrantes más de reconocido prestigio especialistas en materia de Derecho financiero y tributario.

El Jurado, que podrá declarar desierto el Premio, se reserva el derecho de hacer mención especial, sin derechos económicos, de alguno de los trabajos o proyectos no premiados que por su calidad e interés lo merezcan.

La decisión del Jurado será notificada por escrito o por correo electrónico a las personas interesadas en un plazo de diez días desde la fecha de la resolución y se dará publicidad mediante los medios de comunicación corporativos de Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.

La entrega de los Premios se efectuará en un acto que se celebrará en la sede del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.

5.- En caso de que el trabajo galardonado con la modalidad A del Premio no haya sido publicado y, en todo caso, en el supuesto de los proyectos de investigación galardonados con la modalidad B del Premio, el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona se reserva los derechos de una primera edición en forma de opúsculo de libro o de publicación en una revista. La retribución por la cesión de derechos de autor de esta primera edición estará incluida en el importe del Premio.

Pasados tres meses después del otorgamiento del Premio sin que el Colegio haya iniciado la publicación, se entenderá que renuncia a ésta.

En el supuesto de que los trabajos galardonados no sean publicados por el Colegio, pero sí por otro editor/a - antes o después de la decisión del Premio -, los ganadores/as deberán pedir expresamente la inclusión en todas aquellas ediciones posteriores al otorgamiento del Premio de una referencia a que la obra ha sido galardonada con el Premio Jurídico Ferrer Eguizábal 2020 sobre Derecho Financiero y Tributario.

6.- El importe de los premios otorgados estará sujeto a las retenciones establecidas por la legislación vigente.

7.- La participación en este Premio supone la plena aceptación de las presentes bases.

  Barcelona, julio de 2020

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Gestión de las actividades, servicios o premios organizados por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, así como la comunicación de información sobre los mismos.
Legitimación
Las bases de convocatoria del premio; la Ley 2/1974 de 13 de febrero, sobre colegios profesionales; la Ley 7/2016, de 31 de mayo, de ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales; los Estatutos del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.
Destinatarios
Únicamente las necesarias para la ejecución de la convocatoria del premio y en cumplimiento de obligaciones legales.
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